Código de Conducta para la Prevención de la ESCNNA
Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes — Tolerancia Cero en el Hostel Granjero
Nuestra Declaración
El Hostel Granjero, establecimiento de alojamiento y hospedaje ubicado en el municipio de Sesquilé, Cundinamarca, adopta el presente Código de Conducta como instrumento de política interna para la prevención, detección y rechazo de toda forma de Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de la actividad turística.
Principios Rectores
Interés Superior del Menor
Toda decisión y acción del establecimiento tendrá como prioridad la protección integral de los derechos de los menores de edad.
Tolerancia Cero
Rechazamos cualquier forma de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, directa o indirectamente relacionada con el turismo.
Denuncia y No Impunidad
Todo colaborador y huésped está en la obligación moral y legal de denunciar ante las autoridades cualquier situación sospechosa o confirmada de ESCNNA.
Confidencialidad
En todo proceso de denuncia o atención se garantizará la protección de la identidad e integridad de las víctimas.
Nuestros Compromisos
- ✓Incluir una cláusula de rechazo a la ESCNNA en los contratos con proveedores, operadores y aliados.
- ✓Fijar en lugares visibles del establecimiento material informativo sobre la prevención de la ESCNNA y los canales de denuncia.
- ✓Brindar información a los huéspedes sobre la legislación colombiana en materia de protección de menores.
- ✓Reportar ante las autoridades cualquier situación sospechosa o confirmada de ESCNNA de forma inmediata.
- ✓Exigir documento de identidad válido a todos los huéspedes y acreditar parentesco cuando un adulto se aloje con un menor.
- ✓Capacitar a todo el personal al menos una vez al año en identificación de situaciones de riesgo y protocolos de denuncia.
- ✓Actualizar este Código periódicamente conforme a cambios normativos o necesidades del entorno.
Conductas Expresamente Prohibidas
Las siguientes conductas serán denunciadas de inmediato ante las autoridades competentes
Señales de Alerta
Si observas alguna de estas situaciones, notifica al personal del Hostel de inmediato.
Adultos que preguntan por menores de edad o por formas de entrar en contacto con ellos.
Menores solos o en compañía de adultos que no parecen ser sus familiares, sin explicación clara.
Comportamientos inusuales entre adultos y menores: nerviosismo, señales de miedo o marcas físicas.
Personas que ofrezcan dinero u objetos a menores de edad dentro de las instalaciones.
Solicitudes de habitaciones para adultos con menores que no acrediten parentesco o tutoría.
Cualquier situación que genere incomodidad o sospecha respecto a la seguridad de un menor.
Protocolo de Actuación
Canales de Denuncia
Marco Legal
| Norma | Descripción |
|---|---|
| Ley 679 de 2001 | Estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, pornografía y turismo sexual con menores. |
| Decreto 1524 de 2002 | Reglamenta la obligación de los prestadores de servicios turísticos de adoptar mecanismos de autorregulación. |
| Ley 1336 de 2009 | Adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, endurece las penas y amplía los mecanismos de protección. |
| Ley 1098 de 2006 | Código de la Infancia y la Adolescencia. Garantiza los derechos de los menores en Colombia. |
| Resolución 3840 de 2009 | MinCIT: obligaciones de los prestadores de servicios turísticos frente a la ESCNNA. |
| Ley 2089 de 2021 | Establece medidas de protección y penalización frente al turismo sexual con menores. |
Declaración de Compromiso
El Hostel Granjero, representado por su propietario y administración, manifiesta su pleno compromiso con la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y con la erradicación de la Explotación Sexual Comercial en el sector turístico del municipio de Sesquilé, Cundinamarca.